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Articulos de Bienes Raices en Puerto Rico |
Los Gastos de Cierre
por el Dr. Alberto Hernández
Tel. 787-728-6124
Web: www.AlbertoHernandezRE.com
E-mail: bienesraices@albertohernandezre.com
Los famosos gastos de cierre que se cobran por las instituciones
financieras al finalizar una transacción de Bienes Raíces,
en muchas ocasiones producen fuertes protestas de los compradores
y vendedores de bienes inmuebles, pues supuestamente se
estima por mucha gente que estos son mucho más elevados
que en Estados Unidos.
Es bien importante al hacer una compraventa que se estipule
entre las partes contratantes a quien corresponde cada una
de las partidas de los llamados gastos de cierre, así como
los prepagados.
Usualmente en los proyectos nuevos se establece en el contrato
de compraventa que los honorarios notariales de las escrituras
públicas tanto de compraventa como hipoteca, así como las
inscripciones y cancelaciones de las hipotecas existentes
son por cuenta del comprador. Estos costos pueden pagarse
según acuerdo. Existen otras partidas como el descuento
hipotecario que en los casos de Convencional, FHA y Veteranos
pueden también acordarse quien los paga.
En todos los cierres hay una partida por concepto del seguro
de título que paga el comprador, pero lo irónico es que
beneficia a la institución financiera. Por eso es recomendable
que el comprador pague también un seguro de título que lo
proteja de futuros graves problemas de contribuciones, servidumbres,
etc. en el título. En total los gastos de cierre son más
de 10 partidas que afectan al comprador, además de los prepagados
que son aquellos que se abonan antes de su vencimiento.
La ley federal Respa, obliga al banco a proporcionarles
los costos de los gastos de cierre, antes de la firma de
las escrituras.
Lo prudente sería analizar siempre los gastos de cierre
y las leyes federales que regulan el financiamiento en Puerto
Rico.
Para más información favor de visitar la página de Alberto Hernández Real Estate, Inc. en www.albertohernandezre.com.
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